Ayuntamiento de Valladolid

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Desde esta plataforma usted podrá acceder a los servicios electrónicos que el Ayuntamiento de Valladolid pone a su disposición y podrá realizar sus trámites durante las 24 horas los 365 días del año.

Becas de formación emprendedora CREA

Concesión de becas destinadas a minimizar el riesgo inherente a la creación de empresas mediante la realización de formación en emprendimiento y elaboración de planes de empresa

Lugares y Modos de Presentación

Presencial

  • Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
    • Horario:
    • De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
    • Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo

  • Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
  • Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.doEste enlace se abrirá en una ventana nueva



En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.

OBSERVACIONES:
En el caso de presentarse a través de un registro diferente al Registro General del Ayuntamiento de Valladolid se comunicará por correo electrónico a innolidsubvenciones@ava.es, comunicación que en cualquier caso deberá producirse dentro del plazo de presentación de solicitudes del respectivo procedimiento. El incumplimiento de este requisito será causa de exclusión.

Telemática (mediante el formulario de instancia general)

Documentación a presentar

  • Solicitud, según modelo anexo I de esta convocatoria
  • Fotocopia de DNI
  • Acreditación de la representación de la persona que suscribe la solicitud si fuera distinta del solicitante.
  • Acreditación de la formación en elaboración de planes de empresa de al menos 32 horas.
  • Informe de viabilidad, técnica, comercial y financiera firmado por la entidad que imparte la formación en creación de empresas y que acredita y/o tutoriza los proyectos.
  • Plan de Empresa, cuyo contenido, al menos, deberá contar con los siguientes aspectos:
    1. PRESENTACIÓN DEL EMPRENDEDOR/A - Currículum vitae de cada uno de los/las promotores/as.
    2. PRESENTACIÓN DE LA IDEA - Modelo de Negocio. - El producto y / o servicio. - Equipo promotor. - Resumen ejecutivo. - Elementos identificativos.
    3. PLAN DE OPERACIONES - Procesos de fabricación y/o protocolo de realización de servicios - Valoración de recursos - Cálculo de costes
    4. PLAN DE MARKETING - El mercado. - La competencia. - Los/as clientes. - Proveedores. - El precio. - Estrategia de comunicación. - Plan de ventas.
    5. PLAN ECONÓMICO Y FINANCIERO - Plan de Inversiones Iniciales - Plan de Financiación - Estudio de ingresos y gastos - Tesorería
    6. PLAN JURÍDICO MERCANTIL - Forma Jurídica - Seguridad social - Régimen fiscal - Seguros - Licencias, autorizaciones administrativas y registros
    7. PLAN DE RECURSOS HUMANOS - Puestos necesarios y funciones - Cuestiones laborales y costes

OTRA DOCUMENTACIÓN:

  • Justificación de la creación de la empresa o del inicio de los trámites para la misma:

- Acreditación de la representación en los supuestos de actuación por cuenta de otro.

- Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT e impreso 036 o 037 según proceda.

- Alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional del solicitante.

- En caso de sociedades constituidas y sin actividad: copia de la escritura pública de constitución de la sociedad.

- Documentación acreditativa de haber realizado algún trámite relativo a la puesta en marcha de la empresa ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad social, la Administración Local o ante notario.

- En su caso, compromiso de inicio de actividad según modelo del Anexo II de esta convocatoria

  • En su caso, acreditación de la situación de desempleo previa a la creación de empresa.
  • En su caso, acreditación Certificado de Discapacidad expedido por la Administración Pública competente.
  • La acreditación de la situación de ser mujer víctima de violencia de género se realizará a través de sentencia judicial firme.
  • En su caso, la acreditación de la situación de mujer STEM se realizará mediante la aportación del título universitario en Ciencias, Tecnologías, Arquitectura, Ingenierías o Matemáticas directamente relacionado con el objeto de la empresa.
  • En el caso de que la formación y tutorización de proyectos se haya realizado a través del Programa CREA de la Agencia, no será necesario aportar la acreditación de la formación y el informe de viabilidad, de acuerdo lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones. Se considera acreditada la formación cuando según los informes emitidos se haya realizado un aprovechamiento adecuado del programa CREA

Destinatarios

Las personas emprendedoras que deseen participar en la presente convocatoria para obtener la condición de beneficiarias deberán cumplir, además de las condiciones previstas en los artículos 11 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), los siguientes requisitos:

  1. Acreditar haber realizado formación en elaboración de planes de empresa de al menos 32 horas, a través del programa de formación CREA del Ayuntamiento de Valladolid, o bien a través de alguna institución reconocida para este fin por el propio Ayuntamiento (Cámara de Comercio de Valladolid, CEOE Vallisolid, Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, Parque Científico UVA).
  2. Presentar un Plan de Empresa que acredite el análisis realizado sobre el proyecto empresarial, al que acompañe un informe de viabilidad técnica, comercial y financiera firmado por la entidad acreditada que impartió la formación en creación de empresas.
  3. Haber constituido la empresa, estar en trámites de constitución o presentar firmado el compromiso de creación recogido en el Anexo II, en el municipio de Valladolid, entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de mayo de 2021 para el primer procedimiento, y entre el 1 de julio y el 29 de noviembre de 2021 para el segundo procedimiento.
    • Se entenderá que está en trámites de constitución si se ha realizado algún trámite relativo a la puesta en marcha de la empresa ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Administración Local o ante notario, en los plazos establecidos para cada procedimiento.

      El Ayuntamiento de Valladolid podrá realizar las comprobaciones oportunas para la verificación de la efectiva realización de los trámites de puesta en marcha debiendo el beneficiario aportar la documentación precisa.

  4. Las personas emprendedoras pertenecientes a un mismo proyecto empresarial podrán optar a beca hasta un máximo de dos beneficiarios/as por proyecto empresarial. Este número de beneficiarios/as para un mismo proyecto empresarial podrá incrementarse en el caso de existencia de crédito disponible una vez atendidos/as todos/as los/as beneficiarios/as de otros proyectos empresariales
  5. Encontrarse empadronados en el municipio de Valladolid en el momento de presentar la solicitud

Plazos de presentación

En el momento en que se publique la convocatoria, que normalmente es anual

Plazos de resolución

Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo

Tres meses

Negativo

Normativa Asociada

  • Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid y bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Ordenanza de Procedimiento Administrativo y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid
  • ¿Cómo va lo mío?
  • Verificación de documentos
  • Notificaciones electrónicas
  • Impresos de solicitud
  • Carpeta del Contribuyente - Pago de Recibos
Registro Telemático
Plaza Mayor, 1. 47001 Valladolid, España.
Teléfono: +34 983 426 100
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