Solicitud del servicio de ayudas a domicilio
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
Centros de Acción Social (CEAS), solicitando cita previa a través del 010
Telemática
Requisitos
- Ver notas
Documentación a presentar
- Fotocopia y original del documento nacional de identidad de la persona solicitante, y del cónyuge en el caso de que lo tenga.
- En el caso de personas solicitantes no nacionales, fotocopia y original de documento acreditativo de su identidad.
- Si el/la solicitante es menor, fotocopia del libro de familia o documento que justifique quién ejerce la tutela.
- Si se actúa a través de representante, fotocopia y original del DNI del/la representante y documento que acredite la representación legal, voluntaria, o de presunto/a incapaz.
- Informe de salud (según modelo normalizado de informe de salud para la solicitud de prestaciones sociales y/o reconocimiento de la dependencia).
- Autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
- En caso de existir cónyuge o pareja de hecho, autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
- En el caso de percibir rentas exentas de tributación, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora correspondiente.
- En el caso de percibir pensiones devengadas en el extranjero, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora.
- En el caso de personas separadas o divorciadas, fotocopia y original de la sentencia de separación o divorcio, del convenio regulador y recibo de la pensión compensatoria y/o de alimentos (en su defecto fotocopia de denuncia de impago o justificante de haber iniciado los trámites para su reclamación).
- Autorización para que se pueda efectuar el cobro de la aportación económica a través de cuenta bancaria.
Desde el ayuntamiento de Valladolid, se solicitará de oficio el volante de empadronamiento. Siempre que en la unidad familiar existan menores en edad de escolarización obligatoria, se solicitará también de oficio, informe que acredite la escolarización y asistencia regular al centro de estudios.
Destinatarios
Personas o grupos familiares, que vivan en su domicilio, se encuentren en una situación que les impidasatisfacer sus necesidades personales y sociales por sus propios medios, y requieran atención y apoyo para continuar en su entorno habitual.
Con carácter específico:
- Personas con dificultades en su autonomía personal.
- Menores de edad en situación de desprotección, como apoyo a su familia para que le proporcione la atención adecuada.
- Los grupos familiares con excesivas cargas, conflictos relacionales, situaciones sociales inestables y/o con problemas derivados de trastornos psíquicos o enfermedades físicas de gravedad.
Plazos de presentación
No existen.
Plazos de resolución
Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo
Tres meses
Positivo
Periodo de validez
Anual renovable.
Notas
Requisitos:
- Estar empadronadas en la Ciudad de Valladolid, salvo excepciones que se contemplen en los Reglamentos específicos de las prestaciones.
Se exceptúa del cumplimiento del requisito de estar empadronados en la Ciudad de Valladolid, las siguientes personas:
a) Las personas que residan en Valladolid, durante menos de seis meses al año, en el domicilio de familiares de hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, siempre que al menos uno de los familiares esté empadronado en Valladolid con un año de antigüedad anterior a la fecha de la solicitud del servicio, en el mismo domicilio en el que esté viviendo la persona solicitante.
b) Las personas que tienen una vivienda en propiedad en Valladolid y residan en ella por un período no superior a seis meses al año.
c) Las personas que tengan reconocido este Servicio como prestación en materia de dependencia, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, y sus disposiciones de desarrollo.
- Residir en la Ciudad de Valladolid en el momento de solicitud de la prestación y mientras la misma se desarrolle.
- Cuando en una unidad familiar existan menores en edad de escolarización obligatoria, éstos habrán de estar matriculados en el centro de enseñanza correspondiente y sus padres/madres o personas que ejerzan la tutela deberán acreditar haber dispuesto todas las condiciones y medios necesarios y suficientes para la asistencia regular a dicho centro.
- Estar dentro de alguno de los perfiles de personas beneficiarias.
- Alcanzar la puntuación mínima exigida según el baremo establecido.
- Haber solicitado valoración de grado de dependencia en los casos establecidos
Normativa Asociada
- Decreto 269/1998, de 17 de diciembre, por el que se regula la prestación Social Básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León (BOCyL 21/12/98). Modificado por el Decreto 53/2000 (BOCyL 21/3/2000) y el Decreto 34/2009 (BOCyL 27/5/2009)
- Orden FAM/1057/2007, de 31 de mayo, por el que se regula el baremo para la valoración de solicitudes de acceso a la Prestación Social Básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León (BOCyL 22/6/2007).
- Reglamento para la tramitación de las prestaciones de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valladolid.
- Reglamento Regulador de Los Servicios Públicos de Atención a Personas Mayores y a Personas Dependientes del Ayuntamiento de Valladolid.
- Establecimiento de los Precios Públicos correspondientes a la prestación de los Servicios Públicos de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Estancias Diurnas y Estancias Temporales del Ayuntamiento de Valladolid.
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-elect
Órgano Gestor
Ayuntamiento de Valladolid. Servicio de Acción Social.
Precio
Copago variable, en función de los ingresos (precio público aprobado).