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Solicitud de prestación económica para familias en situación de necesidad

Es una prestación económica de carácter extraordinario destinada a paliar situaciones de extrema urgencia o grave necesidad que transitoriamente puedan afectar a una unidad familiar.

Podrá destinarse a cubrir las siguientes situaciones de necesidad:

a) Cubrir gastos en alojamientos temporales ante emergencias o siniestros.

b) Satisfacer necesidades básicas de subsistencia en situaciones de grave o urgente carencia y para gastos relacionados con otras necesidades primarias esenciales no cubiertas por los sistemas de protección social (manutención, vestido, vivienda, etc.).

c) Adaptación funcional de la vivienda habitual, reparaciones de carácter urgente y otros gastos necesarios para su adecuación, sólo en el caso de que la persona solicitante sea propietaria de la misma.

d) Rehabilitación o asistencia especializada de carácter urgente y necesario, siempre que presenten informe médico acreditativo de su urgencia y necesidad y que no esté cubierta por el Sistema de Salud.

e) Prótesis y tratamientos odontológicos, siempre que presenten informe médico del Sistema de Salud de salud que acredite la dificultad de desenvolvimiento o perjuicio en la salud por carencia de prótesis o de tratamiento odontológico y que no estén contempladas dentro de las prestaciones del mismo.

f) Con carácter complementario, para la cobertura de necesidades en las áreas de instrucción o educación siempre que se trate de supuestos excluidos de las prestaciones normalizadas gestionadas por los organismos competentes.

g) Deudas contraídas por cualquiera de los conceptos señalados anteriormente, como consecuencia de una situación coyuntural de crisis que se haya producido como máximo en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.


En ningún caso podrá concederse esta prestación para el pago de obligaciones tributarias y deudas contraídas con cualquier Administración Pública.

Esta prestación podrá ser de pago único o pago fraccionado como máximo hasta en tres meses. La elección de una u otra modalidad dependerá de la naturaleza de la necesidad a cubrir y de la valoración de idoneidad técnica que se realice en su aplicación.

Lugares y Modos de Presentación

Presencial

Centros de Acción Social (CEAS), solicitando cita previa a través del 010

Telemática

Requisitos

  • Ver notas

Documentación a presentar

  • Fotocopia y original del documento nacional de identidad de la persona solicitante, y del cónyuge en el caso de que lo tenga.
  • En el caso de personas solicitantes no nacionales, fotocopia y original de documento acreditativo de su identidad.
  • Si el/la solicitante es menor, fotocopia del libro de familia o documento que justifique quién ejerce la tutela.
  • Si se actúa a través de representante, fotocopia y original del DNI del/la representante y documento que acredite la representación legal, voluntaria, o de presunto incapaz.
  • Autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
  • En caso de existir cónyuge o pareja de hecho, autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
  • En el caso de percibir rentas exentas de tributación, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora correspondiente.
  • En el caso de percibir pensiones devengadas en el extranjero, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora.
  • En el caso de personas separadas o divorciadas, fotocopia y original de la sentencia de separación o divorcio, del convenio regulador y recibo de la pensión compensatoria y/o de alimentos (en su defecto fotocopia de denuncia de impago o justificante de haber iniciado los trámites para su reclamación).
  • Documentos acreditativos de los ingresos económicos mensuales de cada miembro de la unidad familiar (fotocopia compulsada de la última nómina, certificado de pensiones, declaraciones trimestrales de IRPF en el caso de autónomos, etc.).
  • Certificado del Servicio Público de Empleo de periodos de inscripción de cada miembro de la unidad familiar en edad legal de trabajar que se encuentre en desempleo.
  • Certificado del Servicio Público de Empleo de ser o no persona beneficiaria de una prestación o subsidio por desempleo con referencia a cada miembro de la unidad familiar en edad legal de trabajar que se encuentre en desempleo.
  • Certificado de vida laboral emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de cada miembro de la unidad familiar en edad legal de trabajar que se encuentre en desempleo.
  • En el caso de personas con discapacidad, fotocopia compulsada del certificado de minusvalía.
  • En el caso de personas separadas o divorciadas, fotocopia compulsada de la sentencia de separación o divorcio, del convenio regulador y, si tiene fijada pensión compensatoria o de alimentos, recibo de la misma o, en su defecto, fotocopia de la denuncia de impago o justificante de haber iniciado los trámites para su reclamación.
  • En el caso de estar pagando alquiler o préstamo hipotecario por la vivienda habitual, fotocopia compulsada del contrato de alquiler y del último recibo pagado, o del justificante bancario de préstamo hipotecario.
  • Dos presupuestos detallados del gasto a realizar, emitidos por entidades o empresas diferentes.
  • Otra documentación que se considere necesaria para valorar la concesión o denegación de la prestación.

Desde el ayuntamiento de Valladolid, se solicitará de oficio el volante de empadronamiento. Siempre que en la unidad familiar existan menores en edad de escolarización obligatoria, se solicitará también de oficio, informe que acredite la escolarización y asistencia regular al centro de estudios.

Destinatarios

Podrán ser destinatarios de esta prestación las personas físicas, mayores de edad o menores emancipados/as, de cualquier nacionalidad y, en su caso, aquellos miembros de su unidad familiar o de convivencia que se hallen en alguna de las situaciones de urgencia social.

Plazos de presentación

No existen.

Plazos de resolución

Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo

Un mes.

Positivo

Notas

Requisitos:

  • Estar empadronadas y domiciliadas en la Ciudad de Valladolid o en otro municipio de Castilla y León con una antigüedad de seis meses.
    El período de domicilio previo no será exigible en los siguientes casos:
    • Personas emigrantes castellano leonesas retornadas.
    • Personas foráneas víctimas de violencia doméstica, o que hayan tenido que trasladar su residencia a esta Comunidad por análogas razones de seguridad.
    • Solicitantes de protección internacional que se hallen en los casos contemplados en la legislación sobre el derecho de asilo y protección subsidiaria.
  • (Excepcionalmente, y de forma debidamente motivada, se podrá eximir del cumplimiento de los requisitos de domicilio y empadronamiento, ante situaciones que comprometan gravemente la subsistencia del destinatario y/o su unidad familiar).
  • Residir en la Ciudad de Valladolid en el momento de solicitud de la prestación y mientras la misma se desarrolle.
  • Las personas solas que soliciten esta prestación, deberán acreditar independencia de su familia de origen, al menos, con un año de antelación a la presentación de la solicitud.
  • No tener familiares obligados a prestar alimentos o, existiendo, que no puedan hacerlo.
  • No haber sido beneficiaria en el año natural de esta ayuda.
  • Encontrarse en alguna de las situaciones de necesidad recogidas en la normativa y no disponer de medios económicos suficientes para afrontar los gastos derivados de la misma.
  • Constituir la ayuda económica un recurso idóneo técnicamente indicado para la situación de necesidad de la unidad familiar.
  • Asumir, si procede, un compromiso en la resolución de sus necesidades, cumpliendo los acuerdos que se establezcan en el proyecto individualizado de atención.
  • Justificar la prestación adecuadamente.
  • Que la "renta de referencia" de la unidad familiar no supere el límite establecido para esta prestación.

Normativa Asociada

  • Reglamento para la tramitación de las prestaciones de servicios sociales del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Reglamento regulador de las prestaciones de apoyo a las familias del Ayuntamiento de Valladolid
  • Decreto 12/2013, de 21 de marzo, por el que se regula la prestación económica destinada a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social en la Comunidad de Castilla y León.
  • Decreto-Ley 2/2013, de 21 de noviembre, por el que se adoptan medidas extraordinarias de apoyo a las personas y familias afectadas por la crisis en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social en Castilla y León.
  • https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-electEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Órgano Gestor

Ayuntamiento de Valladolid. Servicio de Acción Social.

Precio

Variable, según necesidad planteada, sin superar el máximo establecido en la normativa reguladora.

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