Presentación de la Inspección Técnica de Edificios (ITE)
Trámite que permite a los propietarios de edificios con 40 años o más de antigüedad cumplir con su deber de presentar la ITE de su edificio en el Ayuntamiento así como de acreditar el cumplimiento del deber de conservación y formar parte de su base municipal de datos de Inspección Técnica de Edificios
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
- Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.
Telemática (mediante el formulario de instancia general)
Documentación a presentar
- Instancia de presentación de la ITE.
- Acreditación de la titularidad del inmueble y, en su caso, representación legal de la misma.
- Archivo con extensión ".ite" generado por la aplicación web iteieecyl, cuya capacidad no podrá exceder de 50mb.
- Certificado de inspección según aplicación web iteieecyl, con extensión ".pdf", firmado digitalmente por técnico competente, cuya capacidad no podrá exceder de 50 Mb. Este certificado también contendrá la firma de la propiedad.
- Informe de inspección según aplicación web iteieecyl, con extensión ".pdf" ", firmado digitalmente por técnico competente, cuya capacidad no podrá exceder de 50mb.
- Declaración Responsable de quien suscribe técnicamente la ITE conforme al modelo que figura en la Ordenanza Municipal (BOP 4/1/2019, página 15).
- Declaración Responsable del técnico competente debidamente cumplimentada (con extensión ".pdf") y firmada digitalmente. Dicha declaración no es necesaria si la documentación técnica ha sido visada por el colegio profesional correpondiente.
- Certificación energética del edificio, realizada conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios.
Destinatarios
- La obligación de someter los edificios - con 40 años o más de antigüedad desde su fecha de construcción o de rehabilitación integral - a inspección técnica corresponde a sus propietarios. Debiendo presentar en el Ayuntamiento los documentos que señala la normativa dentro del mes siguiente a su emisión por parte de facultativo competente.
Notas
- La aplicación online iteieecyl está operativa en la página web www.rehitecyl.com.
- El certificado de inspección y su informe anexo estarán firmados digitalmente por técnico competente que deberá acreditarse mediante la presentación de la "Declaración Responsable de técnico competente" debidamente cumplimentada o con el visado del documento por su colegio profesional.
- La normativa de aplicación más detallada puede consultarse en el apartado de Vivienda y Urbanismo de la web municipal.
Normativa Asociada
-
Ley de Urbanismo de Castilla y León
- Ley del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León
- Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
- Ordenanza Municipal Reguladora del Procedimiento de Presentación de la Inspección Técnica de Edificaciones