Alquiler de la Cúpula del Milenio
Requisitos y condiciones que deben de reunir y presentar las personas físicas o jurídicas que soliciten el alquiler/cesión de “La Cúpula del Milenio”.
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
- Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.
Las solicitudes deberán presentarse, al menos, con 20 días naturales de antelación a la fecha de alquiler de La Cúpula del Milenio.
Telemática (mediante el formulario de instancia general)
Documentación a presentar
· Solicitud conforme al modelo que figura como Anexo I de este protocolo.
· Copia del CIF y/o NIF. En el caso de que el promotor de la actividad sea una persona jurídica, se acompañará de una copia del poder de representación/apoderamiento del solicitante, junto con su NIF.
Si el promotor es una asociación o entidad sin ánimo de lucro, copia de inscripción en el registro correspondiente, siempre que el mantenimiento de dicho registro no sea responsabilidad del Ayuntamiento de Valladolid.
· Certificados de estar al corriente de pago con la A.E.A.T. y con la Seguridad Social. Dichos certificados pueden ser sustituidos por una autorización expresa (que figura en el Anexo I) al Ayuntamiento de Valladolid a recabarlos en nombre del solicitante.
· Copia de la Póliza del seguro de responsabilidad civil y documento acreditativo de estar al corriente en el pago del mismo. El seguro de responsabilidad civil deberá cumplir con los requisitos establecidos en el art. 6 de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León.
· En su caso, informe favorable del Área del Ayuntamiento que avala la cesión a la entidad solicitante de La Cúpula del Milenio.
· En su caso, sendos documentos acreditativos del pago de la tarifa correspondiente y de constitución de la fianza.
· En su caso, protocolo de actuación frente a emergencias sanitarias durante el tiempo que así sea exigido por las autoridades sanitarias competentes.
Y, en caso de ser necesario:
· Certificado emitido por técnico competente sobre las condiciones de idoneidad y de seguridad de las estructuras o instalaciones que se monten para la actividad.
· Boletín de Instalador Electricista autorizado cuando el desarrollo de la actividad implique la utilización de equipos electrógeno propiedad del arrendatario.
· Copia certificada del contrato suscrito con empresa de seguridad, para eventos en los que concurran más de 300 personas.
· Copia certificada de la contratación de un servicio de ambulancia/s para eventos en los que concurran más de 1.000 personas.
· Copia certificada de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Alimentarias de Castilla y León, en el caso de elaboración y/o suministro o venta de alimentos y bebidas.
· Copia certificada del resto de licencias, autorizaciones o permisos que sean pertinentes.
· Cualesquiera otra documentación que sea preceptiva para el desarrollo concreto de la actividad a realizar en "La Cúpula del Milenio" y que haya sido requerida al solicitante o aportada por este.
Normativa Asociada
-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, de Castilla y León.
-R.D. 2816/1982, de 27 de agosto, por la que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
- Normativa sectorial de aplicación.
Órgano Gestor
Secretaría Ejecutiva del Área de Turismo, Eventos y Marca Ciudad