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Solicitud de servicio de Respiro Familiar para personas con limitaciones en su autonomía

El servicio de Respiro Familiar para personas con limitaciones en su autonomía, es una modalidad del servicio de ayuda a domicilio que tiene por objeto la prestación de apoyo en el propio domicilio para proporcionar acompañamiento y cuidados personales, de carácter puntual, a personas con limitaciones en su autonomía personal. Es una medida de apoyo y respiro a las personas cuidadoras habituales

Lugares y Modos de Presentación

Presencial

Centros de Acción Social (CEAS), solicitando cita previa a través del 010

Telemática (mediante el formulario de instancia general)

Requisitos

  • Ver notas

Documentación a presentar

  • Fotocopia y original del documento nacional de identidad de la persona solicitante, y del cónyuge en el caso de que lo tenga.
  • En el caso de personas solicitantes no nacionales, fotocopia y original de documento acreditativo de su identidad.
  • Si el/la solicitante es menor, fotocopia del libro de familia o documento que justifique quién ejerce la tutela.
  • Si se actúa a través de representante, fotocopia y original del DNI del/la representante y documento que acredite la representación legal, voluntaria, o de presunto incapaz.
  • Informe de salud (según modelo normalizado de informe de salud para la solicitud de prestaciones sociales y/o reconocimiento de la dependencia).
  • Autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
  • En caso de existir cónyuge o pareja de hecho, autorización para recabar de la agencia tributaria, de la dirección general del catastro y otros ficheros públicos, los datos económicos que hayan de ser incorporados al expediente.
  • En el caso de percibir rentas exentas de tributación, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora correspondiente.
  • En el caso de percibir pensiones devengadas en el extranjero, certificado de las mismas, emitido por la entidad pagadora.
  • En el caso de personas separadas o divorciadas, fotocopia y original de la sentencia de separación o divorcio, del convenio regulador y recibo de la pensión compensatoria y/o de alimentos (en su defecto fotocopia de denuncia de impago o justificante de haber iniciado los trámites para su reclamación).
  • Autorización para que se pueda efectuar el cobro de la aportación económica a través de cuenta bancaria.

Desde el ayuntamiento de Valladolid, se solicitará de oficio el volante de empadronamiento. Siempre que en la unidad familiar existan menores en edad de escolarización obligatoria, se solicitará también de oficio, informe que acredite la escolarización y asistencia regular al centro de estudios.

Destinatarios

Podrán ser personas destinatarias de este servicio aquellas personas con limitaciones en su autonomía personal que vivan en su domicilio y dependan de la atención de una persona cuidadora habitual.

Excepcionalmente se puede prestar el servicio a personas que no dependan de una persona cuidadora habitual y que por enfermedad u otras circunstancias temporales necesiten un apoyo puntual específico para permanecer en su domicilio, siempre que, dada la flexibilidad de este servicio, se considere más adecuado que el servicio de ayuda a domicilio

Plazos de presentación

No existen

Plazos de resolución

Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo

Tres meses

Positivo

Periodo de validez

Tres meses, ampliables hasta un máximo de tres veces dentro del mismo año natural.

Notas

Estar empadronadas en la Ciudad de Valladolid, salvo excepciones que se contemplen en los Reglamentos específicos de las prestaciones:

Se exceptúa del cumplimiento del requisito recogido en el artículo 2.1.a) del "Reglamento para la tramitación de las prestaciones de servicios sociales del Ayuntamiento de Valladolid" de estar empadronados en la Ciudad de Valladolid, las siguientes personas:

a) Las personas que residan en Valladolid, durante menos de seis meses al año, en el domicilio de familiares de hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, siempre que al menos uno de los familiares esté empadronado en Valladolid con un año de antigüedad anterior a la fecha de la solicitud del servicio, en el mismo domicilio en el que esté viviendo la persona solicitante.

b) Las personas que tienen una vivienda en propiedad en Valladolid y residan en ella por un período no superior a seis meses al año

c) Las personas que tengan reconocido este Servicio como prestación en materia de dependencia, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, y sus disposiciones de desarrollo.

  • Residir en la Ciudad de Valladolid en el momento de solicitud de la prestación y mientras la misma se desarrolle.
  • Cuando en una unidad familiar existan menores en edad de escolarización obligatoria, éstos habrán de estar matriculados en el centro de enseñanza correspondiente y sus padres o tutores deberán acreditar haber dispuesto todas las condiciones y medios necesarios y suficientes para la asistencia regular a dicho centro.
  • Estar dentro de alguno de los perfiles de beneficiarios.
  • Alcanzar la puntuación mínima exigida según el baremo establecido.

Para poder acceder al servicio de Respiro Familiar para personas con limitaciones en su autonomía será necesario alcanzar al menos veinticinco puntos en la variable capacidad funcional y treinta puntos en la variable situación sociofamiliar, excluyendo en este último caso la puntuación obtenida en el apartado integración en el entorno, de acuerdo con el baremo establecido a tal fin

Normativa Asociada

  • Reglamento para la tramitación de las prestaciones de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Reglamento Regulador de Los Servicios Públicos de Atención a Personas Mayores y a Personas Dependientes del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Establecimiento de los Precios Públicos correspondientes a la prestación de los Servicios Públicos de Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Estancias Diurnas y Estancias Temporales del Ayuntamiento de Valladolid.
  • https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-electEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Órgano Gestor

Ayuntamiento de Valladolid. Servicio de Acción Social

Precio

Copago variable, en función de los ingresos (precio público aprobado)

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