Contestación a diligencia de embargo de sueldos, salarios y pensiones
Contestación de personas físicas o jurídicas pagadoras de sueldos, salarios o pensiones a personas con deudas pendientes con el Ayuntamiento de Valladolid, a requerimiento del Servicio de Gestión Recaudatoria.
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
- Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.
Telemática
Documentación a presentar
- Documento cumplimentado de "CONTESTACIÓN A LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES".
Al cumplimentar el documento, deberán tenerse en cuenta las siguientes precisiones:
1 La información de las letras A, B, C Y D es incompatible, por lo que sólo deberá cumplimentar la correspondiente a la letra que indica la situación laboral del obligado al pago con el pagador/entidad pagadora en la fecha de recepción de la diligencia de embargo:
A) Si el obligado al pago percibe actualmente retribuciones de la empresa que superan el salario mínimo interprofesional señale con X en la casilla correspondiente.
B) Si el obligado al pago nunca ha trabajado para la empresa, señale con X en la casilla correspondiente.
C) Si el obligado al pago ya no trabaja para la empresa, señale con X en la casilla correspondiente. En este caso deberá indicar además si a la fecha de la recepción de la diligencia de embargo tiene importes pendientes de pago (atrasos o similares). De ser así deberá marcar con X en la casilla relativa a los atrasos y cumplimentar las fechas previstas de pago y los importes líquidos estimados.
D) Si el obligado al pago percibe actualmente retribuciones de la empresa que no superan el salario mínimo interprofesional, señale con X en la casilla correspondiente e incorpore, a la presente Contestación, fotocopia de la última nómina, haciéndolo constar señalando con una X en DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA.
(PRESENTACIÓN EN FORMATO DIGITAL)
Plazos de presentación
10 días
Normativa Asociada
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de diciembre, B.O.E. de 18 de diciembre)
- Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005 de 29 de julio)
- Ley de Enjuiciamiento Civil (1/2000, de 7 de enero).
- Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015).
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-elect
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/ordenanzas-fiscales/ordenanzas-fiscales-2021/ordenanza-general-gestion-liquidacion-recaudacion-inspeccio