Licencia de segregación o parcelación
El trámite permite solicitar una licencia para segregar un suelo rústico o parcelar un suelo urbano de una finca matriz con la misma ordenación de usos y de condiciones de edificabilidad
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
- Registro General del Ayuntamiento:
- Casa Consistorial: Pza. Rinconada s/n
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo
- Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Casa Consistorial: Pza. Rinconada s/n
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.
Telemática
Documentación a presentar
1. Las parcelaciones urbanísticas en suelo urbano se tramitarán con carácter previo o simultáneo a los proyectos de urbanización o edificación con los que estén relacionados y deberán contener como mínimo los siguientes documentos:
a. Plano de situación sobre plano de ordenación del PGOU y parcelario actual en cartografía oficial (plano catastral actualizado).
b. Delimitación y acotación de las fincas iniciales y resultantes a escala mínima 1/500.
c. Descripción de linderos, superficie de suelo, superficies construidas, accidentes, topografía y demás características de las fincas iniciales y resultantes de forma inequívoca y precisa.
d. Certificado de los documentos catastrales y registrales que identifiquen las fincas iniciales con descripción de todas las cargas y servidumbres que pudieran contener.
e. Justificación del cumplimiento en la parcelación de todas las determinaciones urbanísticas de aplicación, de acuerdo a estas normas y a la normativa sectorial que pudiera ser de aplicación.
Plazos de resolución
Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo
Tres meses
Negativo
Normativa Asociada
- Plan General de Ordenación Urbana
(artículo 20).
- Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
- Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios urbanísticos
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-elect
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"Ordenanza del Procedimiento Administrativo y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid