Subvenciones a organizaciones no gubernamentales (ONG) para proyectos de cooperación al desarrollo
Trámite que permite solicitar la financiación de actuaciones de cooperación al desarrollo que persigan la mejora de la calidad de vida y el desarrollo humano sostenible de los países empobrecidos mediante la financiación de actuaciones de cooperación al desarrollo, en alineamiento con la agenda 2030 para el desarrollo sostenible y los ODS
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
SÓLO de forma electrónica:
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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La solicitud junto a la documentación relativa a la entidad solicitante, contraparte y al proyecto, se presentará de forma estructurada en tres bloques diferenciados, en los que se encontrarán los archivos de manera independiente, identificándolos con el nombre de la documentación a la que pertenecen, independientemente del modo de presentación elegido.
Telemática
Documentación a presentar
- Solicitud debidamente firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad.
- A las solicitudes se acompañará documentación relativa a la organización no gubernamental de desarrollo solicitante (Bloque 1), al socio local o contraparte (Bloque 2) y documentación relativa al proyecto (Bloque 3). Cada uno de estos tres bloques documentales deberá presentarse de forma estructurada y diferenciada
- Toda la documentación deberá presentarse en castellano; contando con la traducción correspondiente y debiendo presentar además un certificado emitido por la entidad solicitante en el que se indique que dicha traducción se corresponde con el tenor literal de la documentación aportada
NOTA IMPORTANTE:
- Los tres bloques de documentación deberán ser archivos ZIP con la denominación "Bloque 1", "Bloque 2" y "Bloque 3. Cada uno integrado por archivos: pdf, jpg, png, docx, doc, zip, rar, identificándose con el nombre de la documentación que las bases requieren.
- El tamaño máximo de cada bloque (cada archivo zip) será de 15 Mb, siendo el tamaño TOTAL máximo a adjuntar (los tres bloques) de 45 Mb
- En el caso de que los archivos superen los límites establecidos en este formulario en cuanto al tamaño de los mismos, se podrá indicar en la propia instancia la dirección URL donde se ubiquen los archivos: drive, wetransfer, Dropbox, etc,, En este caso, la documentación deberá estar igualmente debidamente estructurada en Bloques y los archivos diferenciada y relacionada según se ha indicado anteriormente
BLOQUE 1. DOCUMENTACIÓN ENTIDAD SOLICITANTE
a) Acta de constitución de la entidad solicitante.
b) Estatutos de la entidad.
c) Código de identificación fiscal.
d) Documento acreditativo de la representación que ostenta la persona firmante para actuar en nombre de la entidad.
e) Documento donde se designe la existencia de delegación permanente en la ciudad de Valladolid y donde figure de forma manifiesta la fecha de constitución.
f) En el caso de entidades que no sean asociación o fundación, acreditación de la inscripción en los Registros que correspondan.
g) Estar inscrita en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Valladolid (antes Registro Municipal de Asociaciones, independientemente de la personalidad jurídica de la entidad.
h) Inscripción o solicitud de inscripción en el registro de Agentes de Cooperación de la Junta de Castilla y León. Acreditación mediante un certificado del Registro de Agentes de Cooperación de la Junta de Castilla y León, actualizado a fecha de presentación de la solicitud y constando la fecha de registro.
i) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social. En caso de que no se acompañe a la solicitud, la participación en esta convocatoria conllevará la autorización al Ayuntamiento de Valladolid para recabar dicho certificado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
j) Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria. En caso de que no se acompañe a la solicitud, la participación en esta convocatoria conllevará la autorización al Ayuntamiento de Valladolid para recabar dicho certificado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
k) Memoria de la experiencia de la entidad solicitante de, al menos tres años anteriores a la presentación de su solicitud, en el campo de la cooperación y en la ejecución de proyectos de desarrollo. En esta memoria se especificará qué proyectos son solicitados y gestionados directamente desde la Delegación de Valladolid. (Máximo dos páginas).
l) Memoria de las acciones o actividades desarrolladas en el municipio de Valladolid por la entidad solicitante en el año anterior a la convocatoria, en materia de sensibilización y de educación para el desarrollo. (Máximo dos páginas).
m) Documento en el que conste la conformidad del socio local respecto a la ejecución del proyecto, según modelo adjunto, ANEXO II.
n) Documento acreditativo del número de cuenta bancaria: Certificado del banco o copia de la cartilla que acredite dicho extremo
o) Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 382003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de la subvención a otorgar por el Ayuntamiento de Valladolid, ANEXO III.
p) En los casos en que se presenten solicitudes de forma consorciada por una agrupación de ONGD, deberá aportarse un documento firmado por las partes en el que se establezca el acuerdo de las entidades en la solicitud consorciada y en el que se establezcan los términos de dicha colaboración en la gestión del proyecto, junto con el resto de la documentación administrativa de cada una de ellas.
q) Proyecto de sensibilización a ejecutar en el municipio de Valladolid, relacionado con el proyecto que se presenta, cuando se impute más del 8% de la subvención en costes indirectos.
r) En el caso de ser una entidad que concurra por primera vez a las subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid o hayan cambiado el número de cuenta se requiere la cumplimentación de ficha de terceros, según ANEXO X.
Respecto a los apartados a), b), c), d), e), f), y g), si esta documentación obrara en poder de la administración municipal y no hubiera sufrido modificaciones, ni hubieran transcurrido más de 5 años desde su aportación, dicha documentación podrá sustituirse por una declaración responsable indicando fecha de solicitud y órgano en el que se presentó, convocatoria, servicio y proyecto que presentó, así como haciendo constar que desde entonces no se ha producido ninguna modificación sustancial en dichos extremos.
En el caso de que la solicitud sea presentada por una agrupación de ONG además de la documentación anterior, deberá acreditarse lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones.
BLOQUE 2: DOCUMENTACIÓN CONTRAPARTE
a) Copia de la documentación que acredite la personalidad jurídica de la contraparte de acuerdo con la legislación del país receptor, entre ella: estatutos, acta de constitución, número de identificación fiscal, certificados de inscripción en los registros oficiales que correspondan, cualquier documento oficial que autorice a la contraparte a operar en el terreno, etc. En su defecto, cualquier otra documentación que proceda en función de la legislación del país receptor.
b) Memoria que acredite la experiencia del socio local en la gestión de proyectos de desarrollo, con especial incidencia en las distintas actuaciones y proyectos que se han ejecutado en el territorio objeto de actuación del proyecto. (Máximo dos páginas).
Los socios locales podrán no aportar la documentación indicada en el apartado a) en caso de haber sido presentada en el Ayuntamiento de Valladolid en los cinco años inmediatamente anteriores. En este caso, podrá sustituirse por una declaración responsable de que la documentación está en posesión de esta Corporación indicando la fecha de solicitud y órgano en el que se presentó, convocatoria, servicio y proyecto en el que lo hizo, así como haciendo constar que desde entonces no se ha producido ninguna modificación sustancial en dichos extremos.
BLOQUE 3: DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL PROYECTO
a) Proyecto con el que concurre a la convocatoria, de acuerdo con el esquema del ANEXO IV. Dicho proyecto será redactado respetando la extensión fijada por apartados en dicho Anexo, no valorándose las páginas excedentes. Se establece como obligatorio para su redacción un tipo de letra Arial, tamaño 11, interlineado sencillo.
b) Presupuesto del proyecto según cuadro de cofinanciadores, según ANEXO V, junto con el presupuesto desglosado.
c) Declaración responsable de haber sido solicitadas o concedidas otras subvenciones públicas para el desarrollo del proyecto a subvencionar, de acuerdo con el ANEXO VI.
d) Cuando el proyecto de cooperación al desarrollo presentado contemple acciones de sensibilización en el municipio de Valladolid, relacionadas con el mismo, deberá presentarse, junto con el proyecto que concurre a la convocatoria, una breve reseña del proyecto de sensibilización que se tiene previsto realizar: objetivos, destinatarios, metodología, cronograma, recursos para llevarlo a cabo. En este caso, se podrá imputar hasta un 9% de costes indirectos de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Valladolid. Este proyecto deberá ejecutarse obligatoriamente en el municipio de Valladolid, aun cuando no supere el coste máximo a imputar (8%)
e) Todo anexo documental que sirva para avalar el proyecto. Todo anexo documental que sirva para avalar la solicitud: facturas proforma o presupuestos, proyectos técnicos en su caso, avales, convenios de colaboración, acreditación de apoyos gubernamentales al proyecto, planes estratégicos de actuación de las contrapartes
f) Documentación acreditativa, en su caso, del valor de las contribuciones en especie, así como la titularidad y régimen de propiedad de los terrenos e inmuebles vinculados al proyecto.
En el caso de que la solicitud esté incompleta, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo de 10 días, subsane el defecto que adolece a la solicitud o sus anexos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos del art. 21 de la Ley 39/201, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; dicho requerimiento se realizará mediante publicación en el tabón de la sede electrónica del Ayuntamiento, con indicación del defecto a subsanar.
Destinatarios
- Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que vayan a ejecutar directamente el proyecto con el que concurren a la convocatoria, o que preferentemente actúen en representación de un socio local que se encargue de la realización del mismo. En todo caso, el socio local deberá ser otra ONG u organización de carácter privado sin ánimo de lucro en los países empobrecidos, o ser una entidad pública (municipalidad u otra entidad sujeta a derecho público).
- También podrán concurrir aquellas Entidades asociadas a Organizaciones Internacionales de Derecho Público creadas por Tratado o Acuerdo Internacional (Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas).
Plazos de presentación
Plazos de resolución
Plazo máximo de duración del procedimiento seis meses.
Efecto del Silencio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa:
La resolución definitiva pone fin a la vía administrativa
Admite recurso:
Podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la hubiere dictado, conforme a lo dispuesto en el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recursos ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, no pudiendo simultanearse ambos; no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.
Notas
Requisitos que deben cumplir las Organizaciones no Gubernamentales
1) REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO (ONGD):
a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar inscrita en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Valladolid (antes Registro Municipal de Asociaciones, independientemente de la personalidad jurídica de la entidad.
c) Estar inscritas como ONGD en el registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, incluyendo delegación en Valladolid.
d) Carecer de fines de lucro.
e) Las ONGD o entidades solicitantes, han de tener sede abierta o delegación permanente en el municipio de Valladolid, justificable documentalmente y con un año de antelación a la publicación de la presente convocatoria a tenor de la documentación oportuna inscrita en el registro que corresponda. A estos efectos se tendrá en cuenta la fecha de inscripción en el Registro que corresponda. En los supuestos de modificación de su naturaleza jurídica, en asociación o fundación, o en los supuestos de cambio de denominación se respetará la antigüedad siempre y cuando se acredite este extremo en los estatutos de la nueva entidad jurídica.
f) Han de tener presencia activa justificada en Valladolid, mediante la presentación de memoria de actividades u otro tipo de documentación que avale la misma.
g) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Valladolid, con la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
h) Encontrarse en las siguientes situaciones con respecto a las convocatorias de subvenciones anteriores relativas a cooperación al desarrollo:
i) Haber justificado debidamente en tiempo y forma las subvenciones concedidas en años anteriores.
j) No haber finalizado el plazo de justificación atendiendo a las bases de concesión de las subvenciones anteriores.
k) Haberse resuelto positivamente la ampliación del plazo para justificar.
l) En el supuesto de que alguna ONGD haya procedido al reintegro voluntario total o parcial de una subvención por incumplimiento de Bases o por no haber podido ejecutar el proyecto, se entenderá que está debidamente justificada.
m) Tener entre sus principales fines la realización de actividades de cooperación al desarrollo y de fomento de la solidaridad entre los pueblos.
n) No estar incursas en las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 382003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de la subvención a otorgar por el Ayuntamiento de Valladolid.
o) Las entidades que concurran deberán acreditar solvencia técnica en la realización de proyectos de Cooperación al Desarrollo con un mínimo de tres años de experiencia a la presentación de su solicitud.
p) El proyecto podrá ser presentado por una agrupación de ONGD, en cuyo caso cada una de éstas deberá reunir todos los requisitos por separado, adjuntando ambas entidades la documentación administrativa correspondiente de cada una de ellas.
2) REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LOS SOCIOS LOCALES O CONTRAPARTES:
a) Ser una ONG u organización de carácter privado sin ánimo de lucro de un país empobrecido destinatario del proyecto, o una entidad pública (municipalidad u otras entidades sujetas a derecho público).
b) Estar legalmente constituida de acuerdo con la legislación vigente en su país, con un mínimo de un año de existencia anterior a la publicación de la convocatoria.
c) Poseer Código de Identificación Fiscal o acreditación oficial similar para su país.
d) Tener entre sus principales fines la realización de actividades relacionadas con la acción social y los proyectos de desarrollo.
e) Tener capacidad para gestionar los fondos de la subvención, previamente recibidos por la entidad solicitante.
Normativa Asociada
-
Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid y bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid.
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-elect