Transferencia del permiso para uso de carabina o pistola de aire comprimido
El trámite permite legalizar la transferencia a otro titular de la tenencia y uso de carabinas o pistolas de aire comprimido o similares (ballestas, arcos, etc.) fuera del domicilio en el Municipio de Valladolid
Lugares y Modos de Presentación
Presencial
- Oficinas de San Benito: Calle San Benito, nº 1
- Horario:
- De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
- Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo
- Registro electrónico del Ayuntamiento de Valladolid
- Registro electrónico común del Gobierno de España: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Las PERSONAS JURÍDICAS deberán presentar los documentos SÓLO de FORMA TELEMÁTICA.
Telemática (mediante el formulario de instancia general)
Requisitos
- Ser mayor de 14 años
- Estar en posesión del DNI
Documentación a presentar
- Solicitud con los datos personales del solicitante y los descriptivos del arma (número de serie, marca, modelo, calibre, etc.) firmada por el interesado y por la persona a la que se transfiere el arma
- Impreso cumplimentado de la tarjeta de armas. Se facilitará en los establecimientos de compra del arma
- La tarjeta de armas del primer titular
- DNI del solicitante
- Declaración jurada de buena conducta ciudadana
- Contrato de compraventa
- Justificación del abono de la tasa por tenencia de armas
a) El sujeto pasivo, con carácter previo a la presentación de la solicitud de alta o renovación de la licencia en el Registro General, debe obtener y abonar la correspondiente autoliquidación de la tasa.
Para ello puede acudir de forma presencial a las oficinas de Atención al Contribuyente sitas en Pza. Santa Ana 6, en horario de 8,30 a 14,30 h de lunes a viernes no festivos, o bien a través del correo electrónico nat@ava.es, con el envío del DNI del solicitante; en este último supuesto se le enviará la autoliquidación para su abono a través de las entidades colaboradoras, oficinas de Correos o de la pasarela de pago de la Carpeta del Contribuyente. En la atención presencial se puede realizar el abono también mediante tarjeta de crédito en las mismas oficinas municipales.
b) A la solicitud de alta o renovación de la licencia que presente el interesado en el Registro General se acompañará el justificante de abono de la autoliquidación realizada.
c) Si en algún caso no se presenta dicha justificación del pago de la tasa, ésta podrá ser requerido por el órgano tramitador con carácter previo a la concesión del alta o la renovación.
La documentación a presentar junto a la solicitud será la misma que en la actualidad, salvo la copia de la autoliquidación de la tasa que deberá ser anexada a la solicitud.
Plazos de resolución
Plazo máximo de duración del procedimiento y sentido del silencio administrativo
Tres meses
Positivo
Notas
- La tarjeta de armas podrá retirarse tras aviso telefónico en el edificio de Jefatura de la Policía Municipal (Avda. Burgos 3) (Unidad de depósitos y objetos hallados)
-
La ordenanza fiscal aprueba una nueva Tasa por cada nueva alta y por cada renovación de la licencia para la tenencia de armas, y establece la obligatoriedad del pago previo de la misma. valorada en 41 euros
La citada tasa se aplicará a cada arma sobre la que se solicite el alta o renovación de la licencia para la tenencia de armas.
No se aplicará en las bajas de las armas al no venir recogido específicamente en la ordenanza aprobada.
Normativa Asociada
- Reglamento de armas
- https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/normativa/ordenanza-procedimiento-administrativo-administracion-elect
- R.Armas R.D. 137/93 de 29 de enero.
- Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por documentos que expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales, a instancia de parte. (BOP 14/12/2021)
Órgano Gestor
Policía Municipal
Precio
41 €